El objeto del Proyecto de “Conducción de Desagüe y Tramitación de la Autorización de Vertido por Aliviadero de Emergencia de la EBAR de San Andrés” es la obtención de la correspondiente autorización de vertido al mar y concesión para la ocupación del dominio público marítimo terrestre, en cumplimiento de los previsto por la Orden de 13 de julio de 1993, por la que se aprueba la Instrucción para el proyecto de conducciones de vertidos desde tierra al mar.
Para el planteamiento de la actuación primó el cumplimiento de la Instrucción en cuanto al punto de vertido, que debido al emplazamiento cercano de zonas de baño debe cumplir simultáneamente que se encuentre a 200 metros de la línea de costa y a más de 2 metros de profundidad. Además se plantea como objetivo evitar la entrada de agua de mar al interior de la EBAR (problemática existente).